Pensión alimenticia

Cancelación

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¿En qué casos es posible dejar de dar pensión alimenticia?


La Ley establece que cesa la obligación de dar alimentos en los siguientes casos:


·         Cuando el que la tiene carece de medios para cumplirla

·         Cuando el alimentista deja de necesitar los alimentos

·         En caso de injuria, falta o daños graves inferidos por el alimentista contra el que debe prestarlos, salvo que se trate de menores cuyo deudor alimentario sea el padre o la madre o quien ejerza la patria potestad

·         Cuando la necesidad de los alimentos dependa de la conducta viciosa o de la falta de aplicación al trabajo del alimentista, mientras subsistan esas causas, salvo que se trate de menores cuyo deudor alimentario sea el padre o la madre o quien ejerza la patria potestad

·         Si el alimentista, sin consentimiento del que debe dar los alimentos, abandona la casa de éste por causas injustificadas.

·         Cuando el alimentista cumpla la mayoría de edad, excepto que éste se encuentre estudiando una carrera técnica o superior, hasta el término normal necesario para concluirla sin interrupción, siempre y cuando no sea mayor de 25 años de edad.


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(442) 212 63 91    /    044 442 270 10 15

Convenio de divorcio voluntario

Contenido

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¿Qué es lo que debe incluir un convenio de divorcio?


Uno de los requisitos del divorcio voluntario en Querétaro es el convenio. Éste convenio es muy variable y para que sea aprobado por un juez debe diseñarse de manera especial para cada caso, por lo que es recomendable acudir con un especialista.

De acuerdo con el Código Civil del Estado de Querétaro en el convenio de divorcio se deben fijar los siguientes puntos:

·         Lo relativo a la custodia de los hijos.
·         Lo relativo a la pensión alimenticia de los hijos.
·         El domicilio de los cónyuges.
·         La pensión alimenticia que pagara un cónyuge al otro, en caso de que proceda.
·         La manera de administrar los bienes de la comunidad.


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Violencia familiar

Definición

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¿Qué es la violencia familiar? 


Por violencia familiar se entiende todo acto de poder u omisión intencional, único, recurrente o cíclico, dirigido a dominar, someter, controlar o agredir física, verbal, psicoemocional, patrimonial o sexualmente, si tiene por efecto causar daño a cualquier integrante de la familia, dentro o fuera del domicilio familiar, por parte de quienes tengan parentesco o lo hayan tenido o mantengan una relación de hecho.


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Convenio de divorcio voluntario

"Machote"

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¿En dónde puedo conseguir un "machote" de convenio para un divorcio voluntario? 


En internet y en muchos libros existen varios "machotes" o formatos del convenio de divorcio voluntario.

Sin embargo, no es recomendable apoyarse en estos formularios pues se encuentran incompletos, no están actualizados y no ofrecen una solución personalizada, lo que agravara la problemática de la pareja.

Lo recomendable es acudir con un especialista que les proporcione una solución contundente y eficaz.


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Divorcio administrativo

Con hijos del matrimonio

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Si mi cónyuge y yo queremos divorciarnos voluntariamente pero tenemos hijos del matrimonio ¿Podemos hacer un divorcio administrativo? 


No, el divorcio administrativo en Querétaro es procedente sólo si la pareja no ha procreado hijos, entre otros requisitos.

Para el caso de que los cónyuges estén de acuerdo en divorciarse, pero no cumplan con los requisitos para el divorcio administrativo, podrán hacerlo por mutuo consentimiento, ocurriendo al juez competente.


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