Domicilio conyugal

Definición

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Mi esposo y yo vivimos en casa de mis suegros, ¿Se considera éste como nuestro domicilio conyugal?


Desde el punto de vista legal se considera como domicilio conyugal, el lugar establecido de común acuerdo por los cónyuges, en el cual ambos disfrutan de autoridad propia y consideración iguales.

Tradicionalmente los tribunales han considerado que vivir en casa de los padres de uno de los cónyuges, de un pariente o de un tercero no constituye domicilio conyugal, por regla general.

Por lo que, para que un lugar constituya domicilio conyugal, se requiere que los cónyuges vivan de forma autónoma, con plena autoridad y libre disposición en el cuidado y dirección del hogar, sin importar si es o no de su propiedad, si es rentado o en comodato.


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Divorcio necesario

Separación más de 2 años

G•S•E Abogados


¿Cómo le puedo hacer para divorciarme? Tengo 10 años aproximadamente de separada (o) de mi cónyuge, ¿Esto es fácil?


Se puede obtener el divorcio iniciando una demanda de divorcio necesario ante un Juez de Primera Instancia, invocando la siguiente causal:

·         “La separación de los cónyuges por más de dos años, independientemente del motivo que haya originado la separación, la cual podrá ser invocada por cualquiera de ellos.”

Ésta causal se explica por sí sola y es uno de los motivos de divorcio necesario más sencillos de demostrar.


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Abandono de hogar

Demanda

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El fin de semana mi esposo se salió de la casa en donde vivimos y se llevó sus cosas personales ¿En dónde puedo ponerle una demanda por abandono de hogar?


Existe la creencia popular que cuando una persona abandona su domicilio, automáticamente su cónyuge puede “demandarlo por abandono de hogar”, pero ¿Qué significa esto?, ¿Para qué sirve?, ¿Existe ésta demanda?

La “demanda por abandono de hogar” es un mito que desafortunadamente los medios de comunicación difunden en sus contenidos, alentando aún más la ignorancia jurídica de la población.

Ésta demanda no existe. Y francamente no sabemos qué objetivos persiga la persona que pretende iniciarla.

Sin embargo, lo que si existe es la demanda de divorcio necesario fundado en alguna de las siguientes causales:

·         La separación del hogar conyugal por más de seis meses sin causa justificada.

·         La separación del hogar conyugal por una causa que sea bastante para pedir el divorcio, si se prolonga por más de un año sin que el cónyuge que se separó entable la demanda de divorcio.


En conclusión, cuando una persona acuse a su cónyuge por abandono de hogar, debe quedarle claro, que lo que está pidiendo es el divorcio necesario, siempre y cuando se cumplan todos los requisitos de alguna de las causales mencionadas y no por el simple abandono de unos días.


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Custodia

Clase de juicio

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¿Qué tipo de juicio debo iniciar para conseguir la custodia de mis hijos?


La clase de juicio que se debe iniciar para obtener la custodia de los hijos depende de las necesidades de cada caso.

Puede ser un juicio autónomo, es decir que única y exclusivamente se pida la custodia o bien puede ser un juicio mixto en donde además se pida pensión alimenticia o la perdida de la patria potestad o el divorcio necesario o bien todas las anteriores simultáneamente. Por ello se reitera cada caso requiere de un análisis particular para decidir cuál es el más conveniente.


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Custodia

Tipos de

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En mi juicio de divorcio, el Juez me dio la custodia provisional de mis hijos, pero mi abogado me dice que al terminar el juicio puede cambiarla a favor de mi esposo (a) ¿Es esto posible?


Es cierto, existen dos tipos de custodia:

La custodia provisional, que es la decisión que toma un Juez de manera inmediata y provisional sobre a favor de quién estará a cargo el cuidado de los menores, suele decidirse al inicio de un juicio o incluso desde antes de que se inicie y generalmente permanece durante la tramitación del juicio.

La custodia definitiva por su parte, es la decisión que toma un Juez al finalizar un juicio sobre a favor de quién estará a cargo el cuidado de los menores de manera permanente, se decide en la sentencia y puede ser distinta a la custodia provisional.

Uno de los principales criterios para decidir sobre la custodia de los menores tanto provisional como definitiva es la edad, si son menores de 12 años o mayores de 12 años.


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Pensión alimenticia

Aseguramiento

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¿Cómo se puede garantizar el pago de la pensión alimenticia?


Es común que las personas obligadas a pagar una pensión alimenticia (deudores alimentarios) incumplan con ésta obligación o se provoquen una “insolvencia” para tratar de evadir el pago, por ello es importante pedir el aseguramiento de los alimentos. La ley señala como formas de aseguramiento las siguientes:

·         Hipoteca
·         Prenda
·         Fianza
·         Depósito de cantidad bastante o
·         Cualquier otra forma de garantía a juicio del Juez


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Concubinato

Definición

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¿Qué es el concubinato? ¿Está reconocido por la Ley?


Si está reconocido, de hecho el Código Civil define el concubinato como: “la unión de un hombre y una mujer, ambos libres de matrimonio, con el propósito de integrar una familia y realizar una comunidad de vida con igualdad de derechos y obligaciones.”

Y se presume su existencia, cuando los concubinos vivieron juntos durante tres años o si antes de ese lapso de tiempo procrearon hijos en común.

Coloquialmente se conoce como unión libre.



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Divorcio voluntario

Tiempo

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¿Cuánto tiempo tarda un divorcio voluntario en Querétaro?


Es difícil predecirlo, ya que depende de diversos factores como: la carga de trabajo del Juzgado, la falta de algún requisito, la inasistencia a la junta de avenencia, entre otros, pero en promedio puede tardar tres meses.


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Convivencias y visitas

Demanda

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Hace tres meses mi esposa y yo tuvimos una pelea y me salí de la casa, desde entonces no he dejado de dar la manutención de mis hijos, pero mi esposa no me deja verlos ¿Qué puedo hacer para obligarla?


El derecho de convivencia y visita que tienen los padres con sus hijos no puede impedirse, salvo causa justificada. Ya que a su vez, es un derecho de los menores tener relaciones personales con sus parientes.

De tal manera que si uno de los padres no permite que el otro tenga convivencias o contacto con sus hijos, el padre o madre afectado puede iniciar una demanda ante un Juez de Primera Instancia para obligar al otro que permita estas convivencias.


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Juicio intestamentario

¿Qué hacer?

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Mi papá falleció hace 3 años, pero la casa en donde vivimos tres hermanos y mi mamá sigue estando a su nombre, ¿Cómo podemos cambiar la escritura para que aparezca a nuestro nombre?

Los bienes muebles o inmuebles que eran de la propiedad de una persona fallecida se transmiten a sus herederos, esto se llama sucesión por causa de muerte. Existen dos formas de sucesión mortis causa:

·         Sucesión Testamentaria
·         Sucesión Intestamentaria o Legítima

Si la persona fallecida otorgó testamento, sus bienes se transmiten a las personas que ésta haya designado. Si no otorgó testamento sus bienes se transmiten a sus herederos según lo disponga la Ley. En el primer caso se tramita un Juicio Testamentario y en el segundo un Juicio Intestamentario.


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Arrendamiento

Falta de pago

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¿Tengo un inquilino que me debe tres meses de renta y no se quiere salir, qué hago?


Una de las obligaciones del arrendatario (inquilino) es el pago de la renta en el plazo, forma y monto convenidos, por lo que si deja de cumplir injustificadamente con ésta obligación, el arrendador (propietario) puede demandarlo ante un Juez de Primera Instancia, para obtener el pago, o bien, para obtener el pago y además la desocupación del inmueble.



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